Viajar al extranjero durante el procedimiento

Durante el procedimiento de asilo usted no podrá viajar al extranjero. Si le han otorgado el estatuto de refugiado, podrá volver a viajar, pero no a su país de origen.

No está autorizado a viajar durante el procedimiento de asilo.

En su calidad de solicitante de protección internacional ( solicitante de asilo ) no podrá abandonar el territorio belga durante su procedimiento, ya que no tiene un permiso de residencia. Su certificado de registro no le permite viajar dentro de Europa.

Lo que sí puede hacer en cualquier momento es detener el procedimiento de asilo y retornar a su país de origen. Fedasil le ayuda a organizar el retorno y paga su vuelo.

Viajar como refugiado reconocido

En el caso de que haya sido reconocido como refugiado o le hayan otorgado protección subsidiaria, podrá volver a viajar al extranjero.

Como refugiado, no está autorizado a viajar a su país de origen. Si de cualquier forma llega a viajar a su país de origen, Bélgica podrá retirar el estatuto de refugiado. En tal caso, perdería todos sus derechos dentro de Europa.

¿Qué documentos necesita para viajar?

  • una tarjeta electrónica para extranjeros válida
  • un documento para refugiados (pasaporte azul).

Solicitar un pasaporte azul

Puede solicitar un pasaporte en el municipio o en la ciudad donde está inscrito.

Para solicitar su pasaporte necesita los documentos siguientes:

  • su tarjeta electrónica para extranjeros
  • una foto de carné que cumple con los requisitos para fotografías destinadas a pasaportes
  • un certificado de composición familiar (a solicitar en el municipio)

A veces se requiere una autorización adicional ( un visado ) para viajar a determinados países. Infórmese si necesita un visado para el país a donde quiere viajar.

¿Quiere retornar a su país de origen?

Acuda a las ventanillas de «retorno» de Fedasil

O llame al número gratuito 0800 32 745